Si le deben dinero y la razón está de su parte, ponga su asunto en nuestras manos, la práctica demuestra que se ha encontrado una buena vía para la persecución de la morosidad.
Según datos de Consejo General del Poder Judicial, se está logrando un éxito de recuperación del 84% de respuesta positiva.
Sólo es necesario tener los documentos que avalen la deuda, estos documentos pueden ser de muchos tipos, siendo los más utilizados: facturas, albaranes de entrega, letras de cambio, cheques, pagarés, y en general, cualquier documento que aparezca firmado por el deudor o con su sello, marca o cualquier otra señal, física o electrónica; incluso cuando la deuda se acredite por el propio acreedor mediante certificaciones de impago.